DECLARO: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado Primer Teniente JHOSDU EMMANUEL CERCADO MEDINA, en su carácter de Defensor Público Militar del ciudadano ABLACIO SIMÓN ATENCIO GONZÁLEZ, contra la sentencia definitiva dictada por Consejo de Guerra de Maracaibo con sede en Maracaibo, estado Zulia, en fecha diecisiete de octubre de dos mil trece, mediante la cual lo condenó a cumplir la pena de QUINCE AÑOS de presidio, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito militar de ATAQUE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 501 ordinales 1° y 2° del Código Orgánico de Justicia Militar en concordada relación con lo establecido en el artículo 389 ordinal 1° y artículo 390 ordinal 1° ejusdem. SEGUNDO: FIJA la audiencia oral y pública, para el día jueves trece de febrero de dos mil catorce, a las 10:00 am.