TERCERO: CON LUGAR la solicitud presentada por el Defensor Publico Militar referente a que se decrete Libertad Plena a su representado PRIMER TENIENTE FRANK JOSÉ SALAZAR SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° 10.199.125 CUARTO: SE DECRETA a los ciudadanos imputados SARGENTO PRIMERO JUAN GUILLERMO ALECHA GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 15.112.289, SARGENTO PRIMERO JOHN ALFRED HERNANDEZ FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 20.326.674, SARGENTO SEGUNDO EDSON LUIS CAIRES DE ABREU, titular de la cédula de identidad N° 13.914.241, y al SOLDADO WILLIAN ARMANDO HERRERA BARRIO, titular de la cédula de identidad N° 20.827.880 una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contemplada en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que se les impone la prevista en el Ordinal 2º: "Quedara bajo control y vigilancia de la unidad", por lo que deberá mantener una conducta cónsona a su condición de militar y Ordinal 3º: "La presentación periódica ante el Tribuna.....