de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Séptimo de Control en contra del penado SARGENTO SEGUNDO GUILLERMO JOSE VALLE PINEDA, titular de la cedula de identidad N° V- 26.181.194, imponiéndosele una pena de DOCE (12) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en los numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política y Separación del Servicio activo, por estar incurso en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523 y 527, numeral 1 y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar.SEGUNDO: Este Tribunal Militar como garante del Estado para el cumplimiento del fa.....