Este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de otorgamiento de medida humanitaria, instada por la defensa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 491 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano Manuel Enrique Arias Briceño, en virtud que ella está dirigida solo a penados en fase de ejecución.
2. Por vía de REVISIÓN DE MEDIDA a solicitud de parte, ACUERDA SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el referido ciudadano, e IMPONE en su lugar las MEDIDAS CAUTELARES previstas en el artículo 242, numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: Presentaciones peri.....