Este Tribunal Militar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: No Admite la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público Militar en contra del Ciudadano MANUEL MENDOZA MARCIAL MOISES, C.I. Nº 5.393.583, por la presunta comisión de los delitos Militares de ULTRAJE AL CENTINELA y ULTRAJE A LA FUERZA ARMADA NACIONAL previsto y sancionado en el artículo 502 y 505 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa a favor del Ciudadano MANUEL MENDOZA MARCIAL MOISES, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5.393.583, domiciliado en Av. Bolívar, Casa Nº 11, Punta de Mata, Estado Monagas, de conformidad con el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, "El hecho imputado no es típico". TERCERO: Cesan todas de las Medidas Cautelares impuestas en audiencia de presentación de fecha 21 de Marzo de 2011. CUARTO: CON LUGAR la expedición de copias certifi.....