SE REALIZÓ EL ARCHIVO DEFINITIVO. Revisada la presente causa, se observa de la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en fecha: 13/11/2007, mediante la cual Absuelve al ciudadano: ELVIS EDUARDO GARCÍA ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nro.17.631.286, por el delito de: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 Y 6, ordinales 1°, 2°, 3° de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehículo Automotores, delito este por el cual acusó el Ciudadano: Julio César Contreras.