este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA en razón del territorio, planteada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la demanda por Cobro de Bolívares, seguido por la ciudadana Ludwika Sawoski de Ferrari, representada por el abogado Víctor Rogelio Torrens Ramos, en contra de la Empresa Distribuidora de Insumos Médicos INSUMED C.A., todos plenamente identificados con anterioridad.