DI S P O S I T I V A
Con fuerza en los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, de oficio REVOCA la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO otorgada en fecha 11/04/07 a favor del ciudadano OSCAR ENRIQUE PACHECO AQUINO, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 15.667.286. Actualícese el cómputo de la pena en atención al contenido de auto de redención de fecha 05/06/07, procediéndose de seguidas y conforme a lo dispuesto en los artículos 73, 70 ordinal 4º, 71 ordinal 1º, 666 y 77 todos del Código Orgánico Procesal Penal, a la remisión de fotostato certificado del presente asunto al Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circ.....