Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, y en virtud de lo señalado en el artículo 443 Numeral 3 del Código Orgánico de Justicia Militar, decreta la extinción de la pena impuesta al penado JORGE JOHAN CHAPARRO ALARCON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.754.281, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, ex tropa alistada del Ejército Nacional Bolivariano y ex plaza del Batallón de Reserva "Paso de los Andes," con domicilio y residencia en la Urbanización "Alfredo Lara", vereda 3, casa No. 10 Ejido Estado Mérida, quien fue condenado en fecha primero de agosto del año dos mil seis, por el Tribunal Militar Duodécimo de Control de Mérida.....