En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Derivados de la Relación Laboral e Indemnización Derivada de Infortunio Laboral, incoada por el ciudadano Ernesto Carvajal, en contra de la sociedad mercantil Aserradero Yocoima, C.A., plenamente identificados. Como consecuencia de la declaratoria que antecede, la accionada deberá cancelar a la actora la cantidad de Veinticuatro Millones Trescientos Veinticuatro Mil Quinientos Veinte Bolívares Con Setenta y Ocho Céntimos (Bs. 24.324.520,78), lo cual expresado en bolívares fuertes conforme al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reconversión Monetaria, equivale a la cantidad d.....