Este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION y ORDENA al Registrador Principal del Estado Lara y al Jefe Civil de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Iribarren del Estado Lara, se sirvan insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de Defunción N° 609, folio 605 del año 1.996. Ofíciese lo conducente a los mencionados organismos y remítase copias certificadas de la presente decisión.