DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ ANTONIO DURAN, titular de la cédula de identidad número V-8.702.696, a la ciudadana JANETH AUXILIADORA SALAS, titular de la cédula de identidad número V-11.254.770, en su condición de esposa y los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL DURAN SALAS, YANERITZA HERCILIA DURAN SALAS, YILIANNYS JOSEFINA DURAN SALAS, JOSÉ MIGUEL DURAN SALAS, DINALBA ANDREINA DURAN SALAS y ANTONIO JOSÉ DURAN SALAS, titulares de las cédulas de identidad números V-25.941.369, V-19.574.855, V-23.476.074, V-23.476.036, V-27.519.516 y V-30.381.968, respectivamente; en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, conforme lo prevé el antes trascrito A.....