Por las razones que preceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en función de Juicio, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLINA el conocimiento de la presente causa seguida a los ciudadanos: DIEGO ALFONSO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.106.814, y YOSEYRAM MARIBEL FIGUEROA RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº 19.106.814, a quienes se les procesa en esta causa por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, VIOLENCIA FISICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los artículos 42 y 41 ambos de la Ley Especial Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, esto con respecto al ciudadano DIEGO ALFONSO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 19.106.814.....