Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Social, interpuesta por el ciudadano ESTEBAN LINDOMAR CASTILLO RODRIGUEZ, plenamente identificado en auto, Venezolanos, mayores, de este domicilio, contra el ciudadano CARLOS JACOBO TERRERO CASTILLO y la EMPRESA PROFESIONALES 90, C. A.
SEGUNDO: Se condena a los demandados, CARLOS JACOBO TORRERO CASTILLO y la Empresas Mercantil PROFESIONALES 90, C. A. a que pague a el reclamante ya ante identificado, la cantidad de CINCO MILLONES TRECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON 90 CENTIMOS (bs. 5.389.828,90) por conceptos de: Prestaciones de Antigüedad, Vacaciones Vencidas, y Indemnización del 125, de la Ley.....