DISPOSITIVA
Este Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar con sede en Ciudad Bolívar. Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE a el acusado: XXXXXXXXXXXXX, venezolano, de 20 años de edad, portador de la cedula de identidad N° XXX, nacido el 30-11-1986, hijo de los ciudadanos XXX Y XXX, residenciada en San Félix, Estado Bolívar, de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previstos y sancionados en los artículos 458 y 83 del Código Penal Vigente, perpetrado en perjuicio de los ciudadanos: Julio Alexander Tovar y Leída Josefina Rivas, y en consecuencia se ordena el cese le la medidas cautelares sustitutiva de libertad impuesta al identificado joven-adulto, por el Tribunal de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes de la Extensión Territorial de Puerto Ordaz. Se deja constancia que en el presente Juicio se cumplió con los principios .....