Por los razonamientos anteriormente expuesto, este Tribunal militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, revoca el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al ciudadano Juan Rafael Morales Jímenez, quine es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.268.645 y domiciliado en el Barrio San José, parte alta, Callejón Mérida, cerca de la Bodega Tres Esquinas, Petare, Estado Miranda, por incumplimiento de las condiciones impuestas por este Órgano Jurisdiccional, en fecha 18 de julio de 2005 de conformidad con el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal y ordena su captura y posterior reclusión en el Centro Penitenciario de Occidente, ubicado en Santa Ana, Estado Táchira, hasta que cumpla la totalidad de la pena impuesta, a cuyos efectos, se ordena librar la correspondiente Boleta de Encarcelación y remitirla a la.....