este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley establece: PRIMERO:SE NIEGA LA MEDIDA NOMINADA DEPROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVARsolicitada por el Ciudadano ALEXANDER YOEL NASSER ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V.- 11.533.276,y de este domicilio.