Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por el ciudadano DITTER ANTONIO ALEMAN BASTARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 14.968.375, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 2014-00754 de fecha 10 de noviembre de 2014, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, en la cual declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos propuesta por el recurrente en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE PÚBLICO DEL ESTADO BOLÍVAR, C. A. (TRANSBOLÍVAR), el cual queda CONFIRMADO. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.