Por todo el corolario expuesto anteriormente, lo ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR, la solicitud de la Fiscal Militar Décima Segunda de Maracay, de Orden de Aprehensión y Privación Judicial Preventiva de Libertad, sobre la base del Artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del Ciudadano Sargento Segundo JONATHAN JOSE BOLIVAR GONZALEZ titular de la Cédula de Identidad N° 20.450.982, a quien se le sigue investigación por ante dicha fiscalía, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en el Artículo 523 en concordada relación con el Artículo 524 ordinal 4° y 525 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. ASI SE DECIDE. HÁGASE COMO SE ORDENA.
EL JUEZ MILITAR,
EDMUNDO RAMÓN MUJICA SANCHEZ
TENIENTE CORONEL
EL SECRETARIO JUDICIAL,
OSCAR ANÍBAL FLORES JIMENEZ
CAPITAN