Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la inhibición. En consecuencia, remítase copia certificada de esta actuación a la Juez inhibida, a la juez a cargo del Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial de este Estado, y también remítanse las presentes actas al Juzgado donde quedó el expediente en que se originó la inhibición