Respecto a la norma citada, el Tribunal en fecha 17-02-2022, libró boleta de citación al ciudadano Marco David Marrone Mendoza, parte demandada, y/o a quien sus derecho represente, la cual por señalamiento de la parte actora, al momento de presentar la demanda indico la siguiente dirección. la citación debe practicar en la siguiente dirección "(...)Urbanización Gran Sabana, edificio Materiales Gran Sabana, Puerto Ordaz, Estado Bolívar(...)" la cual es la misma que fuera señalada en la diligencia que antecede, no evidenciando este Tribunal de autos, que el referido ciudadano se encuentre fuera del país, razón por la cual mal podría librar boleta de citación a los apoderados del tantas veces mencionado Marco David Marrone Mendoza, parte demandada, razón por la cual es improcedente lo solicitado por la representación judicial de la parte actora. Así se hace saber.