DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ODETTE NOTTARO DOYHAMBOURE, en su condición de apoderada judicial de la parte actora ciudadano MICHELE COLETTA PEDICINO, supra identificados, contra la decisión definitiva de fecha 19 de febrero de 2.016, dictada por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, ANULÁNDOSE en consecuencia el auto de admisión de la demanda y todas las actuaciones subsiguientes a éste incluida la sentencia recurrida y las realizadas ante esta Alzada.
SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado que el a quo que le corresponda conocer el presente asunto se pronuncie sobre l.....