DECLARO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos abogados WILMER HUMBERTO OVALLES FUENTES y BERNARDO ALONSO ALVAREZ CASTILLO, defensores del ciudadano Sargento Mayor de Primera JORGE MOISES FUENTES ARTEAGA, titular de la cédula de Identidad Nº V-7.267.947, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión del delito de Sustracción de Efectos Pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, al no constar en autos copia simple, ni certificada del acto impugnado, dictado por el Consejo de Guerra de Maracay, de fecha 10 de marzo de 2010.