DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, éste Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio que incoara los ciudadanos ROQUEFELIX ARVELO VILLAMIZAR y ESTEFANIA DEL ROCIO MORAN LEAL, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.028.829 y V-19.947.350, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados Ciudadanos, contraído el día 21 de Abril de 2017, ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia E l Cafetal del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, mediante acta signada bajo el Nº 70.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripci.....