Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Primero: CON LUGAR la DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano ORLANDO CELIS GONZALES contra el ciudadano PEDRO PRADO, propietario del Fundo La Esperanza, ambas partes plenamente identificadas en autos.