Mediante Resolucion Nº: PJ0252024000013, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, suscrito por la ciudadana: ANA VIRGINIA BONILLO DIAZ con cédula de identidad Nº V-10.045.886, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por el ciudadano ANGEL MODESTO BOLIVAR, abogado en libre ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 291.220