DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre del la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Patricia Vargas Sequera inscrita en el IPSA bajo el N° 64.449, en su condición de apoderada judicial de la accionada Multinacional de Seguros CA contra la decisión definitiva de fecha 4 de junio de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de seguro del vehículo de póliza N° 32.13.16990 con pretensión de indemnización de 1) CIENTO TREINTA Y TRES MIL CIEN (Bs. 133.100,00) por pérdida del Vehículo Serial Carrocería: TEPR20071, Marca: Fabricación Nacional; Año: .....