Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión intentada por DESALOJO DE INMUEBLE intentado por la ciudadana: ADA ISALTINA ROQUE ARROYO, a través de su apoderada judicial Abog. Laura Cristina Gómez Cordero contra el ciudadano VICTOR HUGO CARRERO, todos identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE. En consecuencia, PRIMERO: Se condena al demandado a entregar el inmueble libre de personas y cosas-----------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Se condena al demandado al pago, por concepto de indemnización por daños y perjuicios causados por la cantidad de TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 3.150.000,00) en razón de la falta de pago de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2005 y a los mes.....