DECISION
Conforme a las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , Declara: Sin Lugar la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte querellada Filippo Tortorici Sambito y por vía de consecuencia sin lugar la adhesión a la apelación realizada por el ciudadano Aníbal Torres, asistido de abogado y parte querellada en la presente causa, contra el fallo proferido por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara.
Se Confirma en todas y cada una de sus partes el fallo apelado.
Se Condena en Costas por el Recurso ejercido de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.