Hoy, cuatro (04) de diciembre del 2012, siendo las 10:30 AM; día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Alguacil JESUS YEPEZ, encargado de anunciar la misma indica de la inasistencia al acto por parte del trabajador demandante y de la demandada. En consecuencia se deja constancia que la parte actora ciudadana ALEXANDRA LISBTEH PEREZ GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 20.928.975, no hizo acto de presencia, ni por si, ni por medio de apoderado alguno. Así mismo se deja constancia de la no comparecencia de Sociedad Mercantil BARQUISIMETO FOODS C.A y solidariamente INVERSIONES GREAT FOODS C.A., ni por si, ni por medio de apoderado alguno. De conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINA.....