DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, este Tribunal Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR la autorización para inspeccionar un inmueble, solicitada en esta misma fecha por la Fiscal Auxiliar Quinta del Ministerio Público, en virtud de las omisiones presentadas en la solicitud fiscal, con respecto a la determinación de los objetos a buscar en el inmueble, como tampoco se hace mención en relación a cual presunto hecho punible obedece la presente solicitud de orden de allanamiento, o investigación que se llevaba a cabo, por cuya autorización judicial requieren para ser inspeccionado; situación esta, que imposibilita a esta jurisdicente cumplir con los lineamientos constitucionales y procesales exigidos para emitir la autorización judicial de inspeccionar un inmueble, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitució.....