Mediante Resolucion Nº:PJ0252024000156, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de ACCION DE AMPARO DE HABEAS DATA, suscrito por la ciudadana: GILDA TORRES ROMAN, abogada en ejercicio debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el N° 175.830, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ANTONITO RAMIREZ RONDON, venezolano, mayor de edad, con cedula de identidad N° V-8.779.616, de este domicilio