DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 26, 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 362 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por la ciudadana JACQUELINE COROMOTO GONZALEZ MATHEUS en contra de la ciudadana YAYLIS JOSEFINA FERRER BARRERA, todos identificados sobre un inmueble ubicado en la urbanización Roca Nostra II, calle 5, casa N° C5-21, sector La Piedad, ubicada en el sitio denominado Los Mamones, lote "B", municipio Palavecino del estado Lara, con una superficie aproximada de Ciento Veinticuatro Metros (124,00 m2) y sus linderos son: Norte: Parcela C6-10, en 6,20 mts; Sur: Calle 5n en 6,20 mts; Este: Pacerl.....