Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE NOTIFICARSE A LAS CODEMANDADAS "TIENDAS DUPLEX HIPODROMO, C.A"., "LAGO EXPRESA HIPODROMO, C.A"., y "LUBERCOM, C.A", y una vez conste en autos su notificación, se procederá a fijar oportunidad para que tenga lugar la celebración del Audiencia Preliminar, la cual tendrá lugar al décimo (10°) día hábil siguiente a las nueve de la mañana (9:00 a.m) a que conste en autos la última de las notificaciones que se ordenen. SE ORDENA la remisión del escrito de promoción de pruebas y demás elementos probatorios consignados por la parte actora en fecha 30/10/2014, a la Oficina de Depósitos de Bienes (ODB) de este Circuito Judicial del Trabajo. Líbrense carteles.....