Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, PRIMERO: REPONE la presente incidencia de tacha propuesta en la acción mero declarativa de concubinato incoada por la ciudadana MELISSA CARINA SALAZAR RIVEROS contra los ciudadanos MARIA CONSUELO MEZU DE ZAMORA y JAIME ZAMORA ARRECHEA al estado que se encontraba la incidencia para el 26/09/2012 anulando todas las actuaciones efectuadas desde esa fecha. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la tacha propuesta por la profesional del derecho GLADYS SALAZAR RODRIGUEZ quien actúa en su carácter de apoderada Judicial de la parte demandada, ciudadanos MARIA CONSUELO MEZU DE ZAMORA y JAIME ZAMORA ARRECHEA plenamente identificados.
Se ordena la notificación de las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimient.....