DECRETO PRIMERO: LA NULIDAD ABSOLUTA DE OFICIO, de la sentencia dictada en fecha trece de julio de 2011, por el Consejo de Guerra Permanente de Maracay, en funciones de Tribunal de Juicio, mediante la cual ABSOLVIÓ al ciudadano Sargento Técnico de Primera RAFAEL MANUEL AGRINZONES ALVARADO, por la presunta comisión de los delitos militares de DESERCIÓN, tipificado en el artículo 523, en concordada relación con el artículo 527, y sancionado en el artículo 528, numeral 1, así como del delito militar de DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520 todos del Código Orgánico de Justicia Militar; de conformidad con lo previsto en los artículos 452 numeral 2 en relación con los Artículos 457,190 y 191, todos del Código Orgánico Procesal Penal, así como, todos los actos originados de la decisión anulada por este Alto Tribunal Militar, de conformidad con el artículo 195 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena la celebración de un nuevo juicio .....