Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar y en virtud de lo señalado en el artículo 443 Numeral 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, decreta la EXTINCIÓN DE LA PENA impuesta al penado ALEXANDER GARCIA URRIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 19.463.684, con domicilio y residencia en la Carretera Nacional Santa Bárbara de Barinas, hacia Barinas, Sector Club Santa Bárbara, Estado Barinas; fue condenado en fecha tres de marzo del año dos mil cinco, por el Consejo de Guerra con sede en San Cristóbal, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRISI.....