DISPOSITIVA
Por las razones narradas con antelación, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, administrando Justicia y por autoridad de la ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN y consecuencialmente el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al DISTINGUIDO EDUARDO BÁEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad número 16.649.003, conforme a lo previsto en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 436 ordinal 4° del Código Orgánico de Justicia Militar, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1° del Código Orgánico de Justicia Militar. ASÍ SE DECIDE. Publíquese, regístrese, digitalícese, expídase la copia certificada y hágase las participaciones de rigor. HÁGASE COMO SE ORDENA.
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