Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el Abogado VLADIMIR ANTONIO COLMENARES CARDENAS, titular de la Cédula de Identidad N° 10.166.383, en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadanos OTILIO RAFAEL CRESPO SANCHEZ, RAMON SEGUNDO CRESPO SANCHEZ, CONSUELO DEL CARMEN CRESPO SANCHEZ, IRMA MERCEDES CRESPO SANCHEZ, JAIME NEPTALI CRESPO SANCHEZ, DOUGLAS RAMON CRESPO SANCHEZ, NELSI OMAIRA SANCHEZ, IRANIA PASTORA SANCHEZ, NELSON JOSE SANCHEZ y WILMER OMAR SANCHEZ, en la presente causa contentiva de juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA Y DAÑOS Y PERJUICIOS, en contra del auto dictado en fecha 25 de mayo del 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas en virtud de lo decidido. Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.