Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONFINAMIENTO, y ACUERDA EL OTORGAMIENTO DE LA CONMUTACION DEL RESTO DE LA PENA PRINCIPAL, QUE LE QUEDA POR CUMPLIR de un (1) mes y siete (7) días, a la penada: NELLY DEL CARMEN PEREZ CRESPO, identificada con cédulas de identidad Nro. 6.573.741 EN CONFINAMIENTO, a cumplir en la dirección establecida en esta decisión, pena que se extingue el día 11 de Noviembre de 2007, quedando obligada la penada en forma expresa a presentarse el día Viernes 26 de Octubre y el Viernes 9 de Noviembre por ante la Prefectura del Municipio más cercano al domicilio otorgado para el confinamiento, en el Municipio Autónomo Paez, del Estado Yaracuy con prohibición expresa de transitar fuera del territorio Estadal, al que ha sido confinada, hasta tanto se cumpla la totalidad de la condena, de conformidad con lo prev.....