DISPOSITIVO:
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la acción por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA presentada por la ciudadana THAIS MORELBA ADRIANZA TANY, titular de la cédula de identidad número V-7.733.845 en contra del ciudadano CHARALABOS MARKAKIS TERCHAKI, titular de la cédula de identidad número V-11.885.428.
SEGUNDO: Se acuerda la devolución del documento original.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIAS en costas, en virtud de la naturaleza del fallo.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJEC.....