Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado en fecha 29 de Julio del año 2.022, por el abogado YEAN CARLOS JOSE GUEDEZ HERNANDEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 279.018, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana TERESA COROMOTO MARTINI ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.305.182., en su condición de parte actora, (Vid. Fs. 28 del presente expediente), se acuerda por ser procedente, en consecuencia se ordena HOMOLOGAR el Desistimiento.-