DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados SEGUNDO JOSÉ PAEZ y JOSÉ DE LOS SANTOS MARIN SILVA, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano ANUAR DAVID LÓPEZ GÓMEZ, venezolano, indocumentado, contra la decisión de fecha 01 de abril de 2014, dictada por el Consejo de Guerra de Maracaibo, mediante la cual condenó a su representado a cumplir la pena de quince (15) años de presidio, por la comisión del delito militar de ATAQUE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 501 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, más las penas accesorias contenidas en los ordinales 1º, 2º y 3º del artículo 406 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Consejo de Guerra de Maracaibo, de fecha 01 de abril de 2014.