Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 20 de abril de 2009, por la abogada Almaritt Colmenarez, en su carácter de apoderada judicial de la empresa Construcciones Yamaro, C.A., parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 15 de abril de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante la cual declaró sin lugar la oposición de la parte demandada, Construcciones Yamaro, C.A., a la medida preventiva de embarbo decretada en el juicio por cumplimiento de contrato seguido en su contra por la empresa Serenos Mundial, C.A. Se declaró SIN LUGAR la OPOSICIÓN DE PARTE, y se RATIFICO la medida preventiva de embargo.