DECISIÓN
En virtud de las consideraciones previas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la presente solicitud de exequátur solicitada por el ciudadano JUAN FRANCISCO CARRERO MORAN proferida por el Tribunal de Causas Comunes División de Relaciones Domésticas del Condado de Hamilton, Ohaio, de Estados Unidos de Norteamérica, No. De caso DR1100592, registrado en fecha 23-09-2011, para que se le declare la ejecutoria para que tenga validez en nuestra República Bolivariana de Venezuela.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Es.....