D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada PAULA MARCHÁN, Apoderada Judicial de la parte actora, en contra del auto dictado por el Juzgado Segundo de Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 02 de julio de 2012. En consecuencia, se ORDENA la continuidad, del presente juicio de DESALOJO interpuesto por la ciudadana YELITZA MARCHÁN GONZÁLEZ contra la ciudadana RAIZA YOLANDA RAMÍREZ, al estado de que se deje transcurrir el íter probatorio.
Queda REVOCADO el auto apelado.
De conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de esta decisión, líbrense boletas y entréguense al Alguacil, y conforme al Artículo 248 ejusdem, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese y Publíquese.
.....