DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos: a.-) La cantidad de Bs. 607.975,50 por concepto de antigüedad de conformidad a las disposiciones del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo; b.-) La cantidad de Bs. 865.355,35 por concepto de Vacaciones Fraccionadas y Bono Vacacional Fraccionado; c.-) La cantidad de Bs. 1.157.230,12, por concepto de Utilidades Fraccionadas y d.-) La cantidad de Bs. 9.485.937,50 por concepto de días de atraso en el cumplimiento de las obligaciones de conformidad a las estipulaciones de la cláusula 38 de la Convención Colectiva de Industria de la Construcción, para un total de Doce Millones Ciento Dieciséis Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho Bolívares con Cuarenta y Siete céntimos (Bs. 12.116.498,47). En virtud de criterio jurisprudencial prevaleciente en estos casos y motivado a que la admisión de los hechos acaeció durante una prolongación, se ordena la remisión del presente expedi.....