este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental observando la causal de la caducidad prevista en el numeral 2 del artículo 293 del Código Orgánico Tributario, al dejar establecido que esta acción se encuentra incoada de forma tempestiva, ADMITE de forma definitiva en cuanto a lugar en derecho de conformidad con el artículo 294 del Código Orgánico Tributario vigente, el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con pretensión de Amparo Constitucional cautelar por el Abogado Wilmer Alberto Pérez García, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.612.244, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 54.787, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil C.A. BANANERA VENEZOLANA, constituida por documento inscrito en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Primera Instancia del Segundo Circuito Judicial del estado Carabobo en fecha 15 de julio de 1938, anotado bajo el Nro. 1 del Libro de Registro de Comercio Nr.....