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DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO, intentada por el ciudadano ALI JESUS SILVA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-4.072.569, de este domicilio, contra el ciudadano EDUARDO ANTONIO NUÑEZ TORREALBA, titular de la cedula de identidad N° V-14.901.076, de este domicilio; SEGUNDO: como consecuencia del particular primero, SE ACUERDA LA ENTREGA MATERIAL DEL INMUEBLE LIBRE DE BIENES Y PERSONAS, constituido por un galpón de paredes de bloque de cemento, techo de acerolit con tubos, piso de concreto, dos portones metálicos, un baño, una oficina, tanque subterráneo de 16.000 litros, para un área aproximada de construcción de 420 mts2, cerca perimetral de bloques y su .....