DECLARO: PRIMERO: CONFIRMO la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada el dieciocho de mayo de dos mil cuatro, por el Juzgado Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas, en contra del Coronel (GN) JESÚS FARIA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.517.625, por la presunta comisión del delito de INSTIGACIÓN A LA REBELIÓN MILITAR, previsto y sancionado en los artículos 476, ordinal 1º y 481 del Código Orgánico de Justicia Militar, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, y SEGUNDO: DECLARO SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados MARIENNA GARCÍA-GALLO y CARLOS BASTIDAS ESPINOZA, defensores del ciudadano Coronel (GN) JESÚS FARIA RODRÍGUEZ.